La Suprema Corte declara inconstitucional el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) por vulnerar los derechos a la privacidad y de protección de datos personales.
El Pleno de la SCJN se manifestó con nueve votos a favor y dos en contra con el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien propuso invalidar el marco normativo del padrón.
La ministra argumentó que el Panaut transgrede derechos humanos como la privacidad y la intimidad al solicitar datos personales como los biométricos.
El ministro presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, indicó que los datos biométricos solo deben estar en poder del Estado “por razones excepcionales”, siempre y cuando se garantice su privacidad y no venta a terceros.
Los ministros coincidieron además en que el padrón de celulares es insuficiente contra el crimen, ya que, por ejemplo, los extorsionadores no utilizan celulares a su nombre para cometer sus delitos.
La resolución sobre el Panaut fue reconocida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), que había promovido en mayor de 2021 una acción de inconstitucional contra la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.