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Libran impugnaciones Jazmín Villanueva, «El Gallo» Sánchez y Ramírez Marín

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirma esas tres candidaturas de Morena impugnadas en Yucatán.

MÉRIDA, Yucatán.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las candidaturas a las diputaciones federales de Jazmín Villanueva Moo y Jorge Luis Sánchez Reyes «El Gallo», así como la de Jorge Carlos Ramírez Marín al Senado, todos de la coalición que integran Morena, PVEM y PT.

Jazmín Villanueva y «El Gallo» fueron impugnados con el argumento de que no pertenecen a comunidades indígenas de Yucatán, y en el caso de Ramírez Marín lo impugnó el PRI, partido que lo llevó al Senado, por considerar que no cumple el tiempo que la ley marca para reelegirse por otro partido distinto.

En cuanto a los candidatos a diputados federales Esteban Abraham Macari y Julián Zacarías Curi, así como Kathia Bolio Pinelo, candidata al Senado, todos de la coalición Fuerza y Corazón por México (PAN, PRI y PRD), estaban enlistados para resolverse en la sesión de ayer, pero los casos fueron retirados para discutirlos y resolverlos más adelante.

Abraham Macari y Zacarías Curi tienen impugnaciones de personas que alegan que no pertenecen a grupos indígenas, y en el caso de Kathia Bolio la impugnan quienes consideran que no es representante de la comunidad LBGTT+.

En cuanto a las candidaturas avaladas ayer por el TEPJF, en el caso de Jazmín Villanueva y Sánchez Reyes, el Tribunal determinó que el Consejo General del INE sí hizo un estudio de la autoadscripción calificada indígena de cada una de las personas registradas en las candidaturas, conforme a los Lineamientos aprobados mediante los Acuerdos INE/CG830/2022 e INE/CG641/2023, signados en acatamiento a diversas sentencias de la Sala Superior de este Tribunal Electoral. Con base en esto, «se llegó a la conclusión de que tales personas acreditaron su pertenencia a dichas comunidades”.

Respecto a Ramírez Marín, el tribunal electoral informó que al resolver el recurso de apelación SX-RAP-45/2024 y su acumulado SX-RAP-54/2024, las magistraturas de la Sala determinaron que, contrario a lo precisado por la parte demandante, el INE sí verificó el cumplimiento del requisito de elegibilidad relativo a que el candidato a senador fuese postulado por alguno de los partidos políticos que participaron en Coalición en la elección previa, lo que en el caso se acreditó debido a que actualmente es postulado por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), el cual formó parte de la Coalición “Todos por México”, integrada también por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el otrora Partido Nueva Alianza, en el pasado proceso electoral federal 2017-2018, en el que resultó electo como Senador de la República.

Consideró que no les asistió la razón a los recurrentes al afirmar que el candidato debía renunciar al PRI antes de la mitad de su mandato (hasta el 31 de agosto de 2021), ya que la Constitución considera la posibilidad de que la postulación en una elección consecutiva o reelección pueda ser a través de cualquiera de los partidos políticos que integraron la Coalición y no, únicamente, por el mismo partido que lo postuló en la elección previa.

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